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miércoles, 10 de diciembre de 2014

Derechos Civiles vuelve a convocar una protesta contra la “ley mordaza” | AraInfo | Achencia de Noticias d'Aragón

Derechos Civiles vuelve a convocar una protesta contra la “ley mordaza” | AraInfo | Achencia de Noticias d'Aragón

Derechos Civiles vuelve a convocar una protesta contra la “ley mordaza”

Enviado por el 10 diciembre, 2014
Protesta en Zaragoza contra la "ley mordaza". Foto: AraInfo
Protesta en Zaragoza contra la “ley mordaza”. Foto: AraInfo
Con motivo de la votación este jueves en el Pleno del Congreso de los
Diputados de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida
como “ley mordaza”, el Grupo de Derechos Civiles (DDCC) del 15M de
Zaragoza convoca una nueva concentración. La protesta tendrá lugar esta tarde, a las 20.00 horas, en la plaza de España de Zaragoza.


En Madrid, la plataforma No Somos Delito realizará hoy un ‘Cortejo fúnebre por la muerte de la democracia‘.
También están programadas concentraciones en otras ciudades del Estado.
Estos actos coinciden con la celebración de los 66 años de la firma de
la Declaración Universal de Derechos Humanos.


Además, desde DDCC invitan a participar en Twitter en la campaña impulsada por No Somos Delito
con el objetivo de “llamar la atención de todos los diputados y
diputadas” antes de la votación en el Congreso de mañana y evitar su
aprobación.


Charla sobre activismo y redes sociales


Para el día de la votación -jueves-, DDCC organiza una charla y taller sobre “activismo y redes sociales”.
En la charla, que tendrá lugar en el Centro Social Okupado Kike Mur de
Torrero -plaza de la Memoria Histórica de Zaragoza- a las 19.00 horas,
ofrecerán información para “utilizar las redes sociales con más eficacia
y conocimiento”. La charla será impartida por Alfredo Herranz, abogado
especialista en derecho digital y colaborador del Grupo de Derechos
Civiles.


El acto está dirigido a “todas aquellas personas que quieran conocer
los riesgos que existen, cómo protegerse y cómo defender los derechos
civiles en el entorno digital”, explica la Plataforma. “Las plataformas
digitales sirven a los movimientos sociales para alzar su voz, conectar
con la ciudadanía y trabajar por el cambio social. La ley de Seguridad
Ciudadanía, amenaza, entre otras cosas, con limitar el derecho de
expresión en estos canales”, concluyen.





La “ley mordaza” pasa al Pleno del Congreso con un texto más restrictivo


DIAGONAL | Adrián G. Gómez | El 25 de noviembre, la Comisión de Interior aprobó el texto definitivo de la ley, que pasará ahora al Senado para ser aprobado definitivamente.


De las 270 enmiendas presentadas a la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC),
la Comisión de Interior del Congreso ha aprobado alrededor de 50. La
mayoría de las enmiendas tramitadas hacen referencia a mejoras técnicas
del texto –no del contenido–, mientras que otras suponen un endurecimiento
de una ley que desde un centenar de colectivos sociales e incluso desde
la Unión Europea ha sido señalada por su carácter restrictivo de los
derechos de reunión y libertad de expresión.


Con la aprobación de las enmiendas, el pasado 25 de noviembre, la llamada “ley mordaza” tiene ya su texto definitivo, que pasará al Pleno del Congreso el jueves 11 de diciembre y después al Senado para ser definitivamente aprobado.


Las enmiendas admitidas, salvo contadas excepciones como la
eliminación del registro obligatorio de usuarios de locutorios o la
sanción de la práctica de actividades deportivas en espacios públicos no
habilitados para ello, amplían el margen restrictivo y represivo de la
norma. De hecho, algunos puntos especial­mente polémicos ­como las devoluciones en caliente siguen adelante con el apoyo exclusivo del Grupo Popular.
Una vez que esta ley entre en vigor, la Guardia Civil podrá rechazar y
expulsar, amparados por la legalidad, a cualquier grupo de extranjeros
que sea detectado intentando cruzar la frontera de Ceuta y Melilla de
forma clandestina, sin necesidad de ningún expediente o trámite
judicial. Esto contravendría el derecho de audiencia de los solicitantes
de asilo, impidiendo así el ejercicio de un derecho reconocido en el
Convenio Europeo de Derechos Humanos, ratificado por el Estado español
en 1979.


La abogada Lorena Ruiz-Huerta explica que la reforma obedece a un proyecto más global del sistema punitivo, que incluye la reforma del Código Penal.
De este modo, 11 faltas desaparecen del Código Penal, que “se guarda
para las conductas más graves”. Son 11 conductas, comenta Ruiz-Huerta,
que no merecen tanto reproche penal y que pasan a ser sancionadas por la
vía administrativa, junto a 28 nuevas conductas sancionables.
“La trampa”, denuncia esta letrada, es que esas conductas estaban “más
sujetas a control y con más garantías”, ya que por la vía penal el
denunciado podía ir a tribunales con un abogado o pedir uno de oficio.
Además, la vía administrativa supone el pago de tasas,
de forma que puede darse el caso de que la Administración se convierta
en parte afectada y titular de la sanción. Junto a esto, las sanciones
previstas en el Código Penal se adaptan a la situación económica del
condenado o se sustituyen por penas de localización permanente,
posibilidades que quedan fuera de la Ley de Seguridad Ciudadana.


Ruiz-Huerta denuncia que la ley ha sido elaborada con una “mala técnica legislativa”,
porque las conductas que pasan a sancionarse en la nueva ley no se
diferencian adecuadamente de estas mismas conductas cuando pueden ser
constitutivas de un delito penal. Esto “genera inseguridad jurídica y
arbitrariedad”, e incluso puede dar lugar a situaciones en que una misma
conducta llegue a ser sancionada dos veces por diferentes
jurisdicciones.


Problema de “orden público”


Silvia Yáñez, del colectivo de abogados Red Jurídica, plantea que el
concepto de seguridad ciudadana ha sido reinterpretado en esta ley
trayendo a colación el significado del antiguo “orden público”, más relacionado con lo que entiende el Gobierno por civismo que con la propia seguridad de la ciudadanía.
La LSC parece estar hecha “a medida”, dice Yáñez, dado que categoriza
como infracción y sanciona “acciones, movilizaciones y demás actividades
propias de las protestas de estos últimos años”. Del mismo modo, ampara determinadas actuaciones que las fuerzas policiales “realizaban al margen de la legalidad”, en relación sobre todo con las identificaciones o las restricciones de acceso a zonas públicas.


A pesar de que el texto legislativo ya limitaba en principio ciertas
libertades de reunión, el Grupo Popular ha aportado más herramientas
represivas a la ley, incluyendo como infracción grave –hasta 30.000
euros– la realización de protestas que puedan perturbar el
funcionamiento de cualquier ­infraestructura de telecomunicaciones, o
como infracción leve la ocupación de la vía pública para la venta
ambulante no autorizada. Del mismo modo, la ley ha avalado la polémica
propuesta que permite identificar a las personas que lleven prendas que
oculten su rostro, también a aquellas que vayan sólo tapadas
parcialmente. Otras modificaciones que endurecen la ley han sido
añadidas a petición del EAJ-PNV. No conformes con la sanción a las
“perturbaciones graves de la seguridad ciudadana” ocasionadas por
reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso, el Senado o
las asambleas legislativas de las CCAA, han logrado que en este
artículo se elimine el calificativo “grave” y que se penalice cualquier tipo de perturbación,
dejando este concepto libre para la ­interpretación de la autoridad al
cargo de las fuerzas policiales presentes en ese tipo de eventos. Otras
enmiendas de este partido aprobadas marcan excepciones en los registros y
cacheos para que puedan ser llevados a cabo por agentes de distinto
sexo y en lugares que no sean privados en los casos en que sea necesario
desnudar a la persona a la que se cachea.


Alba Villanueva Navasquillo, de la plataforma No Somos Delito,
formada por colectivos, activistas y abogados unidos contra la
aprobación de la reforma del Có­digo Penal y la Ley de Seguridad
Ciu­dadana, considera que de poco han servido las enmiendas, aunque
algunas han “suavizado” determinados contenidos de la ley,
precisamente aquellos que menos tienen que ver con los derechos de
reunión y protesta
. Un aspecto muy criticado de la LSC es su
vago e impreciso texto, que no ha sufrido casi ninguna modificación que
limite la autonomía de la policía para reprimir manifestaciones u otros
tipos de movilizaciones. Villanueva sostiene que, sumando la ambigua
redacción de la ley y la carencia de mecanismos de control, se puede
producir un aumento en la arbitrariedad en las detenciones e
identificaciones. La respuesta del PP a esta crítica ha sido afirmar que
no se puede sospechar de la policía y que hay que confiar en que hagan
correctamente su trabajo.


“Los movimientos sociales van a tener que buscar nuevas formas de protesta”,
afirma Villanueva, quien subraya que “esta ley nace muerta”, por lo que
el consenso para derribarla ha de unirse a una lucha intensa en la
calle. “Muchas veces tendemos a denunciar más que a tratar de parar las
cosas desde un principio”, asegura la portavoz de No Somos Delito. Para
paliar esto, están planteando iniciativas como un derecho de petición
–forma constitucional para dirigirse a los poderes públicos y reclamar
su intervención– para retirar esta ley. “Si se junta gente de forma
masiva para adherirse a este derecho de petición, puede producirse un
gran impacto”. Aunque aquí surge otro problema: con la reforma del
Consejo General de Poder Judicial que el PP ha puesto en marcha, la
Justicia queda estrechamente ligada al partido mayoritario en el
Parlamento.


Novedades en la Ley de Seguridad Ciudadana


Devoluciones en caliente // El Grupo parlamentario
Popular presentó en el último momento la enmienda que incluye en la Ley
de Seguridad Ciudadana la legalización de las devoluciones en caliente
en Ceuta y Melilla. La Comisión de Interior la aprobó sólo con los votos
a favor del Partido Popular, con lo que se cambia por la puerta de
atrás la Ley de Extranjería.


Faltas de respeto a la policía // Los insultos o
faltas de respeto contra agentes de policía durante la celebración de
concentraciones ya estaban incluidos como infracción leve en el artículo
37.4. Ahora, a raíz de una enmienda presentada por el propio PP, la
infracción se amplía a cualquier situación en la que los agentes de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado estén ejerciendo sus
funciones.


Centros de telecomunicaciones // A partir de una
enmienda, también del PP, las infraestructuras de telecomunicaciones
quedan incluidas en el grupo de localizaciones con especial protección.
La intrusión en estos centros o la obstrucción de su funcionamiento
ahora constituirán una infracción grave, castigada con multas de 601 a
30.000 euros.


Venta ambulante // El artículo 37.7, que señalaba
como infracción leve la ocupación de inmuebles, incluye ahora también la
ocupación de la calle y, expresamente, la venta ambulante no
autorizada, que pasan a estar castigadas con multas de 100 a 600 euros.


Capuchas y concentraciones // El margen para
identificar a personas que se tapen la cara se hace mayor. Tras los
últimos cambios, este control podrá realizarse también cuando la prenda
tape la cara parcialmente. En el caso de las concentraciones en el
Senado, Congreso y parlamentos autonómicos, ahora también se castigan
aunque no causen una perturbación grave.


Lo que se queda fuera de la Ley de Seguridad


Registro de usuarios en locutorios // El texto
definitivo deja fuera locutorios y cibercafés como espacios en los que
es obligatorio el registro de usuarios, a propuesta del EAJ-PNV. El
motivo: la argumentación para pedir identificación se podría aplicar
también a bibliotecas, cafeterías, hoteles y una infinidad de
establecimientos. Su práctica en locutorios conlleva un estigma de la
migración.


Consumo de alcohol en la calle // El texto inicial
contemplaba el consumo de alcohol en lugares, vías, establecimientos o
transportes públicos, cuando perturbe gravemente la tranquilidad
ciudadana, como infracción grave, castigada con multas de 601 a 30.000
euros. El texto definitivo aprobado por la Comisión de Interior pasa
este comportamiento a infracción leve.


Incoación automática // Se suprime el artículo 49,
que contemplaba que, cuando la denuncia formulada por un agente de
policía sea notificada en el acto denunciado, ésta constituyera el
acuerdo de incoación –inicio de la acción legal–, saltándose la fase de
instrucción. Esto queda eliminado del texto definitivo de la Ley de
Seguridad Ciudadana.

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